Por su gran relevancia positiva para el sector de los Servicios de Prevención Ajenos, recogemos desde ASPREN esta Sentencia del Tribunal Supremo 919/2019, dictada en casación el pasado 18 de marzo, frente el recurso interpuesto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contra una resolución de la Dirección General de Salud Pública de Castilla y León, que denegaba la renovación de autorización a una Unidad de Medicina del Trabajo de un operador por entender que el SPA no cumplía con lo establecido sobre suficiencia de recursos humanos en el artículo 4.3.a) del RD 843/2011.
Puedes descargarte la sentencia completa (STS 919/2019) pinchando aquí.